Proceso de Tutela Laboral y Derechos Fundamentales

El proceso de tutela laboral tiene por objeto reclamar la violación de derechos fundamentales producto de actos cometidos por el empleador en contra del trabajador. Se trata de derechos llamados “inespecíficos” que en principio no tienen un contenido laboral, sino que hacen referencia a las garantías protegidas por la Constitución Política del Estado.

Este procedimiento se aplica en aquellos casos en que el empleador vulnere algunos de los derechos fundamentales consagrados en la Carta Fundamental en el artículo 19, estos son:

  • Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, siempre que su vulneración sea consecuencia directa de actos ocurridos en la relación laboral.
  • Respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
  • La inviolabilidad de toda forma de comunicación privada.
  • La libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público.
  • La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio.
  • Libertad de trabajo, su libre elección y en lo relativo a que ninguna clase de trabajo puede ser prohibido (salvo excepciones de la constitución).
  • Actos discriminatorios del artículo 2º del Código del Trabajo excluido el inc. 6º “distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación”.
  • Garantía de indemnidad. “represalias ejercidas en contra de trabajadores, en razón o como consecuencia de la labor fiscalizadora de la dirección del trabajo o por el ejercicio de acciones judiciales”
  • Practicas anti sindicales o desleales en la negociación colectiva.

El proceso de tutela laboral se sigue conforme a las reglas generales de tramitación, no obstante, el juez podrá resolver la suspensión del acto que vulnera la o las garantías constitucionales que los hechos que provocan la vulneración tienen caracteres de graves, o bien, podrían resultar irreversibles

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