Cómo opera la indemnización por años de servicio:
Actualmente, y de conformidad a la legislación laboral, en caso de término de la relación laboral de acuerdo al artículo 161 del Código del Trabajo el trabajador tendrá derecho a la indemnización por años de servicio.
Condiciones que deben cumplirse para la procedencia son los siguientes:
- Despido por necesidades de la empresa, servicio o establecimiento comercial.
- Desahucio en caso de trabajadora de casa particular.
- Que el contrato haya estado vigente por más de un año.
Reglas para su determinación:
- La base de cálculo son 30 días de la última remuneración (mes de remuneración) con un tope de 90UF.
- Pago de un mes por año de servicio o fracción superior a los 6 meses.
- El máximo de indemnización obligatoria por ley son 11 meses (11 años).
- Puede pactarse una indemnización mayor por acuerdo de las partes, pero nunca inferior al mínimo legal.
- Si el juez laboral advierte que en los hechos el trabajador fue despedido por una causal improcedente el empleado estará obligado a pagar una indemnización mayor a modo de multa.
Caso de los trabajadores contratados con anterioridad al año 1981
En caso de estos trabajadores que fueron contratados antes de 1981 no se encuentran sujetos a esta limitación legal.
Caso de los trabajadores que fueron contratados entre el 13 de agosto de 1981 y el 1 de diciembre de 1990.
En este caso, los trabajadores tendrán derecho a una indemnización equivalente a 150 días de remuneración, es decir 5 años. Si correspondiere algún exceso a los 150 días que por remuneración correspondiere, se pagará en mensualidades sucesivas equivalentes a 30 días de indemnización.