Indemnización por años de servicio

Cómo opera la indemnización por años de servicio:

Actualmente, y de conformidad a la legislación laboral, en caso de término de la relación laboral de acuerdo al artículo 161 del Código del Trabajo el trabajador tendrá derecho a la indemnización por años de servicio.

Condiciones que deben cumplirse para la procedencia son los siguientes:

  1. Despido por necesidades de la empresa, servicio o establecimiento comercial.
  2. Desahucio en caso de trabajadora de casa particular.
  3. Que el contrato haya estado vigente por más de un año.

Reglas para su determinación:

  1. La base de cálculo son 30 días de la última remuneración (mes de remuneración) con un tope de 90UF.
  2. Pago de un mes por año de servicio o fracción superior a los 6 meses.
  3. El máximo de indemnización obligatoria por ley son 11 meses (11 años).
  4. Puede pactarse una indemnización mayor por acuerdo de las partes, pero nunca inferior al mínimo legal.
  5. Si el juez laboral advierte que en los hechos el trabajador fue despedido por una causal improcedente el empleado estará obligado a pagar una indemnización mayor a modo de multa.

Caso de los trabajadores contratados con anterioridad al año 1981

En caso de estos trabajadores que fueron contratados antes de 1981 no se encuentran sujetos a esta limitación legal.

Caso de los trabajadores que fueron contratados entre el 13 de agosto de 1981 y el 1 de diciembre de 1990.

En este caso, los trabajadores tendrán derecho a una indemnización equivalente a 150 días de remuneración, es decir 5 años. Si correspondiere algún exceso a los 150 días que por remuneración correspondiere, se pagará en mensualidades sucesivas equivalentes a 30 días de indemnización.

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